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Cuatro detenidos en La Bañeza por ejercer de veterinarios sin serlo

● Ibañeza.es ►Miércoles, 20 de enero de 2016 a las 16:07 Comentarios desactivados


Efectivos del Seprona de la Guardia Civil de León investigan a cuatro personas un presunto delito de Intrusismo, tipificado en el artículo 403 del Código Penal, capitulo V, referente a la usurpación de funciones públicas e intrusismo. La investigación comienza al detectar un pasaporte para animales de compañía confeccionado por personal distinto al facultativo veterinario correspondiente.Las diligencias instruidas han sido puestas a disposición del Juzgado de Guardia de La Bañeza.

El pasaporte veterinario es un documento oficial sanitario que identifica a los animales de compañía que vienen reflejados en el mismo. Las cartillas sanitarias tienen la consideración de documentos oficiales, sanitarios y de identificación de la especie canina. Los datos reflejados en el pasaporte veterinario son actos propios de la profesión veterinaria.

La empresa se anunciaba por distintas páginas de Internet, ofertando a través de varias páginas web la compraventa de animales, teniendo incluso su propia pagina como criadora de perros. Además ejercían labores propias de veterinarios colegiados, al inocular las vacunas a los perros que criaban y vendían y de esta forma eludían el pago de los servicios veterinarios, abaratando el coste y consiguiendo un valor añadido en la venta del mismo.

Dicha empresa, para dejar constancia de los actos veterinarios realizados, se valía de documentos oficiales (pasaportes veterinarios), que previamente hubieran sido facilitados por veterinarios oficiales colegiados (actuando así en el delito como cooperadores necesarios), ya que son quienes tienen acceso en exclusiva a los mismos, a través del Colegio Oficial de Veterinarios.

Los veterinarios tienen la obligación de supervisar y custodiar cualquier documento relacionado con el ejercicio profesional, en especial los que pueden ser utilizados para identificar y certificar, como son los pasaportes de animales de compañía, y no pueden cederlos a otras personas que carezcan de la competencia necesaria para su cumplimentación.

El Código Penal tipifica como delito del artículo 403 el que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente.

Así mismo, la pena se agrava si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y también para el caso de atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, así como si ejerciere los actos en un local o establecimiento abierto al público en el que se anunciare la prestación de servicios propios de aquella profesión.

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