publicidad Publicidad PUBLICIDAD

publicidad publicidad publicidad publicidad
publicidad

El TSJ aprueba un documento que avala mantener el Partido Judicial

● Ibañeza.es ►Miércoles, 3 de octubre de 2012 a las 9:30 Comentarios desactivados


El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León aprobó ayer un informe que será remitido al Consejo General del Poder Judicial en el que se destaca que la reforma de la demarcación judicial que está promoviendo el Ministerio de Justicia no debe conllevar que se supriman todos los servicios en las actuales cabeceras de partido, como ocurre con el caso de La Bañeza.

“La reorganización que se propone no ha de conllevar la desaparición de la presencia judicial en las actuales cabeceras de partido, sino el mantenimiento de las infraestructuras existentes y su aprovechamiento para la ubicación en ellas de órganos de alguna clase, de las Agrupaciones de Juzgados de Paz, de oficinas de presentación de escritos o para que se celebren en ellas las diligencias que no exijan el desplazamiento del ciudadano hasta la capital judicial”, se asegura en el informe.

El documento, presentado por el presidente del TSJCyL, José Luis Concepción, y aprobado por la Sala de Gobierno, reconoce que la demarcación judicial es un problema que no se ha resuelto y matiza que en el caso de Castilla y León, la normativa no ha logrado un equilibrio entre la garantía de fácil acceso a los ciudadanos a los juzgados y “la necesidad de evitar una dispersión excesiva de medios personales y materiales, determinante de una evidente ineficacia en la gestión”.

En el informe también se comparte con el Consejo General del Poder Judicial que la atención y la proximidad de la Justicia al ciudadano no puede medirse a día de hoy en kilómetros, sino en tiempo y servicios, y que la presencia del ciudadano en los Juzgados debe circunscribirse a los supuestos estrictamente necesarios, facilitando en la mayoría de los supuestos el uso de las nuevas tecnologías y la comunicación telemática.

Además, en el documento del alto tribunal de Castilla y León se asegura que carecen de sentido circunscripciones que no cuenten con una importante masa poblacional y que es necesario que cada partido tenga un número mínimo de juzgados -que se cifra en ocho o nueve- “para que sea verdaderamente eficiente”. También se asegura que “cualquier medida que se adopte no debe nunca proyectarse de manera general, habiendo de respetarse circunstancias tales como las dificultades orográficas, geográficas o de comunicación que existan en algunos puntos concretos, con el fin de no ofrecer soluciones iguales a planteamientos que no lo son”.

Por otro lado, en el documento también se piden ciertas medidas de refuerzo para los partidos ubicados fuera de las grandes ciudades. Según se argumenta desde el TSJCyL, los órganos judiciales situados en lugares distintos de las capitales de provincia sufren, debido a la escasez de las plantillas, de las vacantes de personal, del movimiento constante de funcionarios y de otras vicisitudes análogas, “consecuencias negativas para su normal funcionamiento”, dado que los niveles de juicios pendientes no se corresponden con el volumen de registro que soportan, “mereciendo en más casos de los deseables de unas medidas de refuerzo que un diseño más inteligente de la demarcación y de la planta judicial no harían exigible”.

Aunque recuerda que esta reforma se encuentra en una fase inicial y que su objetivo es abrir nuevas líneas de trabajo que redunden en el proyecto de modernización de la Justicia, también asegura que la propuesta de demarcación “determinaría consecuentemente una mayor racionalidad en la gestión de los medios personales y contribuiría a proporcionar un mejor servicio al ciudadano que es, en definitiva, el norte que debe alumbrar cualquier reforma en materia judicial… Como todas las reformas que se propongan, ha de preservar la independencia judicial y contemplar el necesario aumento de la planta judicial y de los medios humanos y materiales al servicio de la Administración de Justicia, junto con una concreción seria y razonada de la carga de trabajo exigible que puede asumir un Juez en el ejercicio de la función jurisdiccional”.

publicidad publicidad

No se admiten comentarios.


publicidad publicidad

publicidad publicidad

publicidad publicidad


publicidad publicidad


publicidad


publicidad

    publicidad Publicidad publicidad


    publicidad publicidad publicidad


    |Ibañeza.es | el periódico digital de La Bañeza y comarca | © 2010-2024 | AVISO LEGAL

    Ibañeza.es