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La revuelta de octubre de 1934 en La Bañeza (II)

● Ibañeza.es ►Lunes, 24 de octubre de 2016 a las 8:04 Comentarios desactivados


El Diario Oficial del Ministerio de la Guerra dispondrá los días 12 de octubre y 17 de noviembre de 1935 la concesión al inspector de policía municipal Álvaro Llanos Concejo de la Medalla de Sufrimientos por la Patria, sin pensión, “como premio a la lealtad y heroísmo de que dio pruebas durante el movimiento revolucionario de octubre de 1934, por lo que resultó herido (tardó 51 días en curar, se dirá cuando al principio de noviembre de 1935 se remita a la subsecretaría del ministerio de Gobernación relación de empleados que intervinieron en el pasado movimiento revolucionario) combatiendo para sofocarlo en defensa de la Paz y el Orden Público, y de la Cruz de la Orden del Mérito Militar de 2ª Clase, con distintivo blanco, sin pensión, en pago de la patriótica colaboración que prestó entonces”. Con el fin de “corresponder a su altruismo en el cumplimiento del deber” se abre entonces una suscripción pública para regalarle al fiel funcionario las bien merecidas y concedidas condecoraciones, encabezada por Luís Pérez Fernández (cartero que estaba procesado por malversación de fondos de la Oficina de Correos bañezana) con 25 pesetas, bastante más que las 5 que aportan César Seoanez Romero, Teodoro Santos Vidales y Trinitario Picaporte, o las 3 con las que contribuye José de Paz Pérez (se acordaba el 18 de diciembre de aquel año que “a cuenta y nombre del Ayuntamiento el alcalde contribuya con lo que estime conveniente a la suscripción para adquirir aquellas cruces concedidas al inspector municipal”). En 1937, cuando sea falangista y siga siendo Inspector de la policía municipal, será condenado a arresto mayor y destierro a 50 kilómetros de La Bañeza y de Posada de la Valduerna (donde cometen los delitos de robo y coacciones)  junto con un vecino de Astorga, en una sentencia ratificada por el Tribunal Supremo el 13 de febrero de 1942.

Cuerda de presos en los días de la revuelta de octubre de 1934.

A finales de septiembre de 1934 el juez de Instrucción pedía certificados de conducta de Horacio Martínez Blanco, maestro de Sacaojos (acusado de pertenecer a la FETE, será preso y apartado de la enseñanza en agosto de 1936), de 54 años, casado, y de Bartolomé Otero Gallego, natural de Bahía Blanca (Argentina), de 28 años, casado, jornalero y presidente del Sindicato de Construcción de la UGT (sería fusilado con otros 16 bañezanos en León el 18 de febrero de 1937), procesados por tenencia ilícita de explosivos. Del segundo se decía ser de buena conducta, sin antecedentes penales, y estar preso provisionalmente en el bañezano Depósito Municipal de Presos y Detenidos por la causa que se le abre y por la que se le condenará a tres años de presidio menor. En la sentencia se dará como probado que Bartolomé, de ideas exaltadas en el Partido Socialista y principal dirigente en La Bañeza, había infundido sospechas a las autoridades, por lo que el 24 de aquel mes la Guardia Civil registró su casa, encontrando en una cuadra aneja a la vivienda, encima de una viga y envuelta en un papel, una bomba explosiva constituida por un cilindro de hierro cerrado por sus extremos con soldadura autógena y con un trozo de mecha, cargada con dinamita y de gran potencia destructora, además de una caja con seis cápsulas de pistola. Se añade que el procesado guardaba la bomba “porque sabía o sospechaba que había de ser empleada para realizar delitos contra las personas o las cosas”.

Tal vez aquel alijo descubierto en La Bañeza formara parte del acopio de armamento y municiones que desde unos meses antes hacía el socialismo preparando la revuelta que se veía inevitable e inminente, hasta el punto de que en lugares como San Sebastián se había constituido en el partido y las Juventudes Socialistas un Comité de Coordinación de las Milicias Revolucionarias encargado también de hacerse con armamento de las fábricas de armas cortas guipuzcoanas (Artemio Echeverribar era su secretario, pasando después con el resto del Comité a Francia para evitar la represión).

Por los delitos de coacciones y amenazas producidas en La Bañeza en los días de la revuelta de octubre fueron condenados por la Audiencia Provincial de León los vecinos Herminio Eleuterio Berciano Castro, de 29 años, casado, jornalero (se le condena solamente por coacciones; sería detenido después del golpe militar de julio de 1936); Salvador Rúa González, de 24 años, natural de Cerecinos de Campos, soltero, jornalero (terminaría cayendo en combate en el frente asturiano, en Trubia, en julio de 1937; en marzo de aquel año aparece como responsable de la segunda sección de la primera compañía del Batallón Asturias 242 -también conocido como Guerra Pardo, eminentemente socialista-, comandado por Genaro Arias Herrero “el Pata” y destacado en el sector de Belmonte); Toribio Justino Santos Santos, de 35 años, casado, industrial (apodado “Pajarica”, se le absuelve por las amenazas; paseado en Maire de Castroponce, junto con el alcalde Ángel González, el 23 de septiembre de 1936); Domingo Manuel Fernández González, de 22 años, soltero, zapatero (será condenado a reclusión perpetua en agosto de 1937; su hermano Valentín sería paseado); Cayetano González Lorenzo, natural de Barcelona, de 27 años, casado, albañil –represaliado por el franquismo él y su familia- (todos los anteriores a la pena de cuatro meses de arresto y multa de 250 pesetas); e Isaac González González, natural de Huerga de Garaballes, de 25 años, albañil (condenado a la misma multa y cinco meses de arresto, que cumplirá el 8 de junio de 1935,  fecha en la que, a las 10 de la mañana, abandona el Depósito Municipal). Salvador, Herminio y Domingo serán liberados de la cárcel bañezana el 20 de mayo de 1935; Cayetano lo sería el 4 de junio.

Todos ellos insolventes (excepto Toribio) y sin antecedentes penales (a excepción de Isaac, que ya había sido condenado antes por desobediencia a raíz de los desórdenes de la noche del 18 al 19 de junio de 1932), dirá la sentencia que se dicta por el Tribunal de Urgencia el 9 de febrero de 1935, que narra cómo “en la mañana del 6 de octubre, cuando ya en varias provincias y en la de León se había iniciado el movimiento revolucionario, en La Bañeza el socialista Toribio Santos, presidente de la Casa del Pueblo, en unión de un grupo de afiliados del que los procesados formaban parte, con la intención de favorecer el éxito de tal movimiento, practicaron todo tipo de medios para conseguir paralizar en dicho día todas las actividades industriales, mercantiles, comerciales, agrícolas y demás, consiguiendo con sus amenazas que cerrase el comercio en la ciudad, como hubo de hacer el de Mateo Castro, quien no abrió su establecimiento por temor a sus intimidaciones. Pretendieron también cerrar, por orden de la Casa del Pueblo, la sucursal del Banco Mercantil, siendo amenazado su director al no aceptar aquel mandato, aunque no consiguieron que cerrara. Colocados en un extremo de la población intimidaron a los que traían sus productos al tradicional mercado de aquel sábado y a algunos que trabajaban en una carretera, que dejaron de hacerlo por ello y por decirles que nadie trabajaba y que la huelga era general. También coaccionó aquel mismo día la masa obrera bañezana, alentada y dirigida por los procesados, a los conductores de vehículos”.

Dirá El Diario de León de aquella fecha que se les condena por coaccionar al comercio, los bancos y los particulares que se dirigían al mercado. El fiscal acusa a todos de un delito de coacción, y de amenazas contra el director del Banco Mercantil, Agustín Hoyos González (será destacado derechista en julio de 1936 y alcalde franquista años después), a Herminio y a Toribio. Se citaron a 19 testigos, y depusieron todos excepto tres que no comparecieron. Destacan las declaraciones de Agustín Hoyos, según las cuales Toribio y Herminio capitaneaban a un grupo de obreros que irrumpieron en el banco pretendiendo su cierre a toda costa, y las de dos guardias civiles y el cabo que comandaba el puesto, que acusa al entonces alcalde accidental, Ángel González (llamado a declarar en el sumario y en el juicio), de que no obstante estar los obreros coaccionando apenas requirió de su concurso

En La Bañeza se habrían llegado a colocar algunas mujeres en las vías con sus niños para que no pasaran los trenes que venían hacia Asturias, según nos testimoniaba en  noviembre de 2007 Gabriel González González (tenía entonces 19 años y era uno de los hijos del concejal primer teniente de alcalde Ángel González), quien añadía que “se reunieron para ver de hacer algo en una cantera (en las cercanías de la cárcel), y había un guardia civil, que se llamaba también Gabriel, que me dijo a mí: ‘corre y dile a los que están en la cantera que vamos a ir por ellos’; pero cuando yo quise llegar allí la Guardia Civil ya estaba, porque iban a caballo, y cogieron a unos cuantos y los llevaron a León; a mi padre también lo detuvieron, y a otros socialistas de La Bañeza (a nadie de los pueblos). Estuvieron en la cárcel y después los juzgaron, y mi padre los defendió, y se defendió él”. Antes (en la noche del viernes, día 5, seguramente), debió de propagarse por la ciudad el rumor de que vendrían los mineros de Fabero, inquietante para algunos, pues como expondrá con tintes apocalípticos El Adelanto en su número del 2 de noviembre de 1935, “el sueño huyó de todos los párpados aquella noche aciaga”.

Del libro LOS PROLEGÓMENOS DE LA TRAGEDIA (Historia menuda y minuciosa de las gentes de las Tierras Bañezanas -Valduerna, Valdería, Vegas del Tuerto y el Jamuz, La Cabrera, el Páramo y la Ribera del Órbigo- y de otras de la provincia, de 1808 a 1936), recientemente publicado en Ediciones del Lobo Sapiens) por José Cabañas González. (Más información en www.jiminiegos36.com)

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