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Los agricultores sin ingresos podrán optar a ayudas de la PAC

● Ibañeza.es ►Martes, 3 de enero de 2017 a las 8:56 Comentarios desactivados


El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica algunos aspectos sobre la aplicación en España de la PAC e introduce ajustes que permitirán cobrar ayudas a personas físicas antes excluidas si están dados de alta en el Sistema Especial para Trabajadores Agrarios de la Seguridad Social.

La norma modifica cuatro Reales Decretos sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural y la asignación de derechos de régimen de pago básico de la PAC para la campaña 2017.

Sobre el “agricultor activo”, el nuevo Real Decreto mantiene la exigencia prevista en el Reglamento europeo, de que el beneficiario incluido en la denominada “lista negativa” deba contar con ingresos agrarios, distintos de los pagos directos, que supongan al menos el 20% de los ingresos agrarios totales, para recibir pagos de la PAC.

“La modificación realizada establece que, en caso de que no cumpliera ese requisito, se aplicaría como una situación de riesgo, exigiéndole que demuestre que ejerce la actividad agraria y asume el riesgo empresarial de la actividad que desempeña”, ha detallado el Ministerio a través de un comunicado.

“Se posibilita que las personas físicas puedan recibir pagos directos de la PAC, aunque desarrollen actividades excluidas en principio de la percepción de las ayudas”, si están dados de alta en el Sistema Especial para Trabajadores Agrarios, ha remarcado.

De acuerdo con el criterio de la Comisión Europea, se establece expresamente que, a efectos de las actividades consideradas no agrarias, “se tendrá en cuenta no solo al solicitante, sino a las entidades asociadas vinculadas con el mismo”, ha añadido.

Según ha especificado, “se entiende como entidad asociada a todas las entidades directa o indirectamente relacionadas con las personas físicas y jurídicas, o grupos de personas físicas y jurídicas, por una relación de control exclusivo en forma de propiedad íntegra o participación mayoritaria”, ha especificado en el comunicado.

Por tanto, aparte de incluir esta consideración en el artículo sobre actividades excluidas, “se ha introducido igualmente en el artículo sobre contenido de la solicitud única, incluyendo una nueva declaración expresa por parte del solicitante, relativa a si tiene o no relación con alguna entidad asociada”.

Fotografía de archivo de una cosechadora en un campo de cereales.

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